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viernes, 13 de mayo de 2016

LA JUSTICIA TARDA PERO LLEGA.. SR. GOBERNADOR



SR. "GOBERNADOR RANGEL SILVA" HONRE ESTE COMPROMISO; QUE NO ES SUYO PERO SI DEL ESTADO TRUJILLO

VALERA; 14 - 05 - 2016
Si se izo justicia con la familia Maldonado luego de barios años de luchas continuas con los gobernadores de turnos e incluso con los habitantes de estos populosos sectores de la urbe valerana que no entendían la razón ni sabían de los atropellos de los gobiernos cuarto republicanos y hoy dia los revolucionarios de esta quinta república socialista que en manos de Gilmer Viloria y Hugo cabeza no le hicieron honor a la revolución e hicieron justicia con esta familia  y con los habitantes de Urb. San Rafael y Barrio Rafael Caldera. Aunque el gobernador Rangel Silva ya esta terminando su periodo todavía tiene tiempo para pagar y hacerle honor a estos habitantes, pues la deuda es del estado y su compromiso “ES HONRARLO”; Hace dos meses fue publicada la sentencia del tribunal supremo de justicia número 0210-020806-2000-0958, la misma deja claro la verdad acerca del terreno donde se construyó la urbanización San Rafael y barrio Rafael Caldera, entre otras cosas expresa y da la razón a la comisión de funcionamiento y restructuración del sistema judicial por faltas previstas en los numerales 2 y 12 del artículo 44 de la ley de cámara judicial y numeral 13 del artículo 40 de la pre nombrada ley, así mismo se reconoce expresamente que este lote de terreno denominado “Vega de Santa Barbara” si fue vendido por Quintiliano Maldonado al ejecutivo del Estado Trujillo, aun cuando el documento de compra-venta no se había registrado en forma fraudulenta en el año 2012, durante el gobierno de Hugo Cabezas y que la gobernación del estado Trujillo debe el 50% de esa venta hoy registrada bajo el número 2012.341, asiento registral 1 del inmueble matriculado con el número 453.197.6275 y correspondiente al libro del folio real 2012, este registro activa artículos del código civil y de la ley de registro público y notariado ya que genera directamente una hipoteca legal, sobre todo lo construido en el terreno “Vega de Santa Barbara” tal como lo expresa el artículo 1880 del código civil el cual dice: “la hipoteca se extiende a todos las mejoras, a las construcciones y demás accesorios del inmueble hipotecado” además de otros artículos del mencionado código tales como: el 1881, 1884, 1885, 1877 y 1879 en cuanto a la ley de registro público y notariado, son claros, el articulo 37 el cual dice; “el registrador expedirá certificaciones sobre todos los actos y derechos inscritos, su descripción , propietarios, gravámenes, cargas legales y demás datos” y el artículo 43 “el registro inmobiliario tiene por objeto la inscripción y anotación de los actos o negocios jurídicos relativos al dominio y demás derechos legales que afecten los bienes inmuebles” por ellos los apartamentos que construyó el INAVI están hipotecados en primer grado ya que los gobiernos anteriores se negaron cancelar la deuda del terreno aun cuando varios luchadores sociales fuimos a Caracas a finales de los años 90 y comienzo del 2000 y sobretodo durante el gobierno de Gilmer Viloria quien se negó a hacer justicia con los habitantes de este sector aun teniendo los recursos probados por la asamblea estadal en presupuesto del estado, pues estos fueron aprobado “80.000bs de la época


Luchador social
 Leonel Lopez
C.I 9.172.330